Saltar al contenido
Observatorio de Apagones

Cómo reclamar por los cortes de luz

Tienes derecho a un suministro con una calidad mínima, y la ley pone números concretos. Cuando la distribuidora los supera, te corresponde un descuento en factura que debe aplicarse sin que lo pidas. Esto es lo que dice la norma y cómo hacerlo valer.

Lo primero, y es lo que casi nadie sabe: en baja tensión sólo se contabilizan las interrupciones que «hayan dado lugar, como mínimo, a un aviso de reclamación» (Orden ECO/797/2002). Es decir: si no llamas al teléfono de averías de tu distribuidora, tu corte puede no existir en su registro. Llama siempre, en cada corte, y guarda el número de incidencia. Sin eso, la reclamación se cae.

Los límites legales

Máximos que no puede superar tu suministro en un año natural. La columna de baja tensión es la que aplica a una vivienda.

ZonaHoras al año (BT)Cortes al año (BT) Media tensión
urbana5 horas10 cortes3.5 h / 7
semiurbana9 horas13 cortes7 h / 11
rural concentrada14 horas16 cortes11 h / 14
rural dispersa19 horas22 cortes15 h / 19

Fuente: Art. 104.2 del RD 1955/2000, en la redacción dada por el Anexo VIII.1 del RD 1634/2006 (BOE 30/12/2006), vigente desde el 1/1/2007. Texto consolidado en el BOE.

Qué zona te corresponde

La determina el municipio, no el barrio (art. 99.4).

Qué cortes cuentan

Los pasos

1. En cada corte, llama y guarda el número

Al teléfono de averías de tu distribuidora, que no es tu comercializadora: son empresas distintas y la distribuidora es la que mantiene la red. Pide el número de incidencia y anota la hora. Es la prueba que vale. Estos son los números, verificados en la web oficial de cada una:

DistribuidoraÁmbitoAverías
e-distribución (Endesa)Andalucía, Extremadura, Murcia y Castilla-La Mancha900 850 840
e-distribución (Endesa)Aragón, Castilla y León, Galicia, La Rioja, Navarra y C. Valenciana900 848 900
e-distribución (Endesa)Baleares900 849 900
e-distribución (Endesa)Canarias900 855 885
e-distribución (Endesa)Cataluña800 760 706
e-distribución (Endesa)Atención centralizada de averías (castellano, catalán e inglés)900 878 212
UFD (Naturgy)Toda su red (Galicia, Madrid y parte de Castilla-La Mancha)900 333 999
UFD (Naturgy)Alternativo (geográfico, coste según tarifa)919 030 800
i-DE (Iberdrola)Toda su red900 171 171
E-Redes Distribución (EDP · Asturias)Toda su red900 907 001
Viesgo Distribución (EDP · Cantabria)Toda su red900 101 051

Números verificados en la web oficial de cada distribuidora (julio de 2026). Los 900/800 son gratuitos. E-Redes y Viesgo declaran atención 24 horas en su web; el resto no lo publica por escrito, aunque las líneas de averías atienden de continuo como práctica del sector. El número de i-DE está verificado parcialmente: su web bloquea la consulta automática. Ante cualquier duda, el teléfono de tu distribuidora está en tu factura de la luz.

2. Reclama primero a la distribuidora

Es obligatorio antes de acudir a otras vías. Están obligadas a darte un número de referencia de la reclamación y a contestarte en quince días hábiles. Si tu suministro es de menos de 15 kW y reclamas por cortes, el plazo baja a cinco días hábiles, y si no te contestan en ese plazo te corresponden 30,05 € por cada incumplimiento, o el 10% de la primera facturación completa si fuera mayor. Es la vía más fácil de ganar y casi nadie la usa.

3. Pide el detalle de tus incidencias

Tienes derecho a que la distribuidora te entregue la relación de las interrupciones que han afectado a tu punto, con su duración, su origen y las razones por las que se computan o no. Negarse a facilitar esa información puede ser considerado infracción.

4. Si no responden, escala

Al órgano de energía de tu comunidad autónoma; la resolución debe dictarse en tres meses. También puedes acudir a las Juntas Arbitrales de Consumo, que existen en todas las comunidades. El órgano competente, por comunidad cubierta:

ComunidadÓrganoTrámite
AndalucíaDelegación Territorial de Industria, Energía y Minas de tu provinciatrámite oficial →
AragónServicio Provincial de Industria (Zaragoza, Huesca o Teruel)trámite oficial →
BalearesDirección General de Economía Circular, Transición Energética y Cambio Climáticotrámite oficial →
CanariasDirección General de Energíatrámite oficial →
CataluñaDirecció General d'Energia (Servei de Qualitat del Subministrament Elèctric)trámite oficial →
GaliciaDirección Xeral de Planificación Enerxética e Minas (trámite IN635A)trámite oficial →
MadridDirección General de Transición Energética y Economía Circular (solo telemático)trámite oficial →
Castilla-La ManchaConsejería de Desarrollo Sostenible (trámite 1002115)trámite oficial →

Cuánto te corresponde: la fórmula del descuento

Si tu suministro superó las horas de interrupción permitidas, el descuento del año se calcula así (art. 105.3 del RD 1955/2000, texto vigente):

potencia media anual facturada × horas de exceso × 5 × precio del kWh de tu tarifa, con un tope del 10 % de tu facturación anual.

Un ejemplo doméstico: vivienda urbana con 4,6 kW que sufrió 13 horas de interrupción en el año — 8 por encima del límite de 5. El descuento sería 4,6 × 8 × 5 = 184 kWh equivalentes; a un precio ilustrativo de 0,15 €/kWh, unos 27,60 €. La cifra exacta depende del precio de tu tarifa. Si lo que se superó es el número de cortes, hay una fórmula análoga por interrupción excedida.

El descuento se aplica de oficio en la facturación del primer trimestre del año siguiente (art. 105.2): no hay que pedirlo, pero sí vigilar que llegue — y solo computan las interrupciones avisadas, que es por lo que el paso 1 lo es todo. Texto consolidado en el BOE.

Qué vía funciona. El precedente con mejor resultado documentado no fue un pleito, fue arbitraje de consumo: un laudo a favor de una usuaria de Almería, confirmado por el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía en enero de 2024, con 6.000 € de indemnización. El tribunal razonó que las causas del incumplimiento están más en la esfera de control de la empresa que del consumidor, y que la distribuidora no puede escudarse en enganches ilegales de terceros frente al vecino que paga.

En cambio, la demanda colectiva por vulneración de derechos fundamentales del Distrito Norte de Granada se desestimó tras cinco años, por no quedar acreditados el daño individual ni la imputabilidad. La vía individual y documentada es la que gana.

Si el corte te ha causado daños

Los electrodomésticos estropeados por una subida de tensión y la comida perdida por falta de refrigeración son reclamables a la distribuidora. La ley de consumidores invierte la carga de la prueba: es la empresa quien debe demostrar que cumplió. Reclama dentro del primer año y guarda facturas, fotos e informe del servicio técnico.

Preguntas frecuentes

¿Cuántas horas sin luz al año hacen falta para poder reclamar?

Depende del tipo de zona de tu municipio. Para una vivienda en zona urbana el límite son 5 horas o 10 cortes al año; en rural dispersa, 19 horas o 22 cortes. Se cuenta por año natural y sólo entran las interrupciones imprevistas de más de tres minutos.

Mi barrio es pequeño, ¿eso me hace zona rural?

No. La zona la determina el número de suministros del municipio entero, no el de tu calle. Y las capitales de provincia son siempre zona urbana. Que tu barrio tenga doscientos vecinos no cambia el umbral que se te aplica.

¿Tengo que pedir el descuento?

No. La norma obliga a la distribuidora a aplicarlo de oficio en el primer trimestre del año siguiente, y a acompañar la factura con la relación de todas las incidencias que afectaron a tu suministro. Si te llega sin ese detalle, ya tienes motivo para reclamar.

Cuatro cortes en el mismo día, ¿son cuatro interrupciones?

No está resuelto de forma clara en la norma. Si los cuatro derivan de una misma incidencia, la distribuidora los agrupará como uno solo. Es exactamente el punto donde va a rebajar el conteo, así que conviene pedir por escrito el detalle de incidencias.

Se me han estropeado electrodomésticos o se ha perdido la comida de la nevera.

Es reclamable, y el responsable es la distribuidora, no tu comercializadora. Documenta el corte llamando al teléfono de averías, guarda el número de incidencia, haz fotos y conserva facturas o presupuestos. Reclama dentro del primer año.

¿Vale vuestro registro como prueba?

Como corroboración sí; como prueba principal no. El cómputo oficial se hace sobre el registro de incidencias de la distribuidora. Lo que de verdad sostiene tu reclamación es el número de incidencia que te dan al llamar.

Esta página resume normativa pública con su cita, no es asesoramiento legal. Para un caso concreto, consulta con una asociación de consumidores. Nosotros no tramitamos reclamaciones ni avisamos a las distribuidoras en tu nombre.