Cómo reclamar por los cortes de luz
Tienes derecho a un suministro con una calidad mínima, y la ley pone números concretos. Cuando la distribuidora los supera, te corresponde un descuento en factura que debe aplicarse sin que lo pidas. Esto es lo que dice la norma y cómo hacerlo valer.
Los límites legales
Máximos que no puede superar tu suministro en un año natural. La columna de baja tensión es la que aplica a una vivienda.
| Zona | Horas al año (BT) | Cortes al año (BT) | Media tensión |
|---|---|---|---|
| urbana | 5 horas | 10 cortes | 3.5 h / 7 |
| semiurbana | 9 horas | 13 cortes | 7 h / 11 |
| rural concentrada | 14 horas | 16 cortes | 11 h / 14 |
| rural dispersa | 19 horas | 22 cortes | 15 h / 19 |
Fuente: Art. 104.2 del RD 1955/2000, en la redacción dada por el Anexo VIII.1 del RD 1634/2006 (BOE 30/12/2006), vigente desde el 1/1/2007. Texto consolidado en el BOE.
Qué zona te corresponde
- urbana: más de 20.000 suministros, y siempre las capitales de provincia aunque no lleguen
- semiurbana: entre 2.000 y 20.000 suministros, excluidas las capitales de provincia
- rural concentrada: entre 200 y 2.000 suministros
- rural dispersa: menos de 200 suministros, y los suministros fuera de núcleo de población
La determina el municipio, no el barrio (art. 99.4).
Qué cortes cuentan
- Solo cuentan las interrupciones imprevistas y de más de tres minutos. Las de duración igual o inferior a tres minutos no se tienen en cuenta a ningún efecto.
- El cómputo es por año natural y por punto de suministro.
- No dan derecho a descuento las interrupciones programadas, las de terceros ni las de fuerza mayor debidamente justificadas.
- Tampoco cuentan las que se originan en la instalación del propio cliente. El límite está en la caja general de protección.
Los pasos
1. En cada corte, llama y guarda el número
Al teléfono de averías de tu distribuidora, que no es tu comercializadora: son empresas distintas y la distribuidora es la que mantiene la red. Pide el número de incidencia y anota la hora. Es la prueba que vale. Estos son los números, verificados en la web oficial de cada una:
| Distribuidora | Ámbito | Averías |
|---|---|---|
| e-distribución (Endesa) | Andalucía, Extremadura, Murcia y Castilla-La Mancha | 900 850 840 |
| e-distribución (Endesa) | Aragón, Castilla y León, Galicia, La Rioja, Navarra y C. Valenciana | 900 848 900 |
| e-distribución (Endesa) | Baleares | 900 849 900 |
| e-distribución (Endesa) | Canarias | 900 855 885 |
| e-distribución (Endesa) | Cataluña | 800 760 706 |
| e-distribución (Endesa) | Atención centralizada de averías (castellano, catalán e inglés) | 900 878 212 |
| UFD (Naturgy) | Toda su red (Galicia, Madrid y parte de Castilla-La Mancha) | 900 333 999 |
| UFD (Naturgy) | Alternativo (geográfico, coste según tarifa) | 919 030 800 |
| i-DE (Iberdrola) | Toda su red | 900 171 171 |
| E-Redes Distribución (EDP · Asturias) | Toda su red | 900 907 001 |
| Viesgo Distribución (EDP · Cantabria) | Toda su red | 900 101 051 |
Números verificados en la web oficial de cada distribuidora (julio de 2026). Los 900/800 son gratuitos. E-Redes y Viesgo declaran atención 24 horas en su web; el resto no lo publica por escrito, aunque las líneas de averías atienden de continuo como práctica del sector. El número de i-DE está verificado parcialmente: su web bloquea la consulta automática. Ante cualquier duda, el teléfono de tu distribuidora está en tu factura de la luz.
2. Reclama primero a la distribuidora
Es obligatorio antes de acudir a otras vías. Están obligadas a darte un número de referencia de la reclamación y a contestarte en quince días hábiles. Si tu suministro es de menos de 15 kW y reclamas por cortes, el plazo baja a cinco días hábiles, y si no te contestan en ese plazo te corresponden 30,05 € por cada incumplimiento, o el 10% de la primera facturación completa si fuera mayor. Es la vía más fácil de ganar y casi nadie la usa.
3. Pide el detalle de tus incidencias
Tienes derecho a que la distribuidora te entregue la relación de las interrupciones que han afectado a tu punto, con su duración, su origen y las razones por las que se computan o no. Negarse a facilitar esa información puede ser considerado infracción.
4. Si no responden, escala
Al órgano de energía de tu comunidad autónoma; la resolución debe dictarse en tres meses. También puedes acudir a las Juntas Arbitrales de Consumo, que existen en todas las comunidades. El órgano competente, por comunidad cubierta:
| Comunidad | Órgano | Trámite |
|---|---|---|
| Andalucía | Delegación Territorial de Industria, Energía y Minas de tu provincia | trámite oficial → |
| Aragón | Servicio Provincial de Industria (Zaragoza, Huesca o Teruel) | trámite oficial → |
| Baleares | Dirección General de Economía Circular, Transición Energética y Cambio Climático | trámite oficial → |
| Canarias | Dirección General de Energía | trámite oficial → |
| Cataluña | Direcció General d'Energia (Servei de Qualitat del Subministrament Elèctric) | trámite oficial → |
| Galicia | Dirección Xeral de Planificación Enerxética e Minas (trámite IN635A) | trámite oficial → |
| Madrid | Dirección General de Transición Energética y Economía Circular (solo telemático) | trámite oficial → |
| Castilla-La Mancha | Consejería de Desarrollo Sostenible (trámite 1002115) | trámite oficial → |
Cuánto te corresponde: la fórmula del descuento
Si tu suministro superó las horas de interrupción permitidas, el descuento del año se calcula así (art. 105.3 del RD 1955/2000, texto vigente):
potencia media anual facturada × horas de exceso × 5 × precio del kWh de tu tarifa, con un tope del 10 % de tu facturación anual.
Un ejemplo doméstico: vivienda urbana con 4,6 kW que sufrió 13 horas de interrupción en el año — 8 por encima del límite de 5. El descuento sería 4,6 × 8 × 5 = 184 kWh equivalentes; a un precio ilustrativo de 0,15 €/kWh, unos 27,60 €. La cifra exacta depende del precio de tu tarifa. Si lo que se superó es el número de cortes, hay una fórmula análoga por interrupción excedida.
El descuento se aplica de oficio en la facturación del primer trimestre del año siguiente (art. 105.2): no hay que pedirlo, pero sí vigilar que llegue — y solo computan las interrupciones avisadas, que es por lo que el paso 1 lo es todo. Texto consolidado en el BOE.
En cambio, la demanda colectiva por vulneración de derechos fundamentales del Distrito Norte de Granada se desestimó tras cinco años, por no quedar acreditados el daño individual ni la imputabilidad. La vía individual y documentada es la que gana.
Si el corte te ha causado daños
Los electrodomésticos estropeados por una subida de tensión y la comida perdida por falta de refrigeración son reclamables a la distribuidora. La ley de consumidores invierte la carga de la prueba: es la empresa quien debe demostrar que cumplió. Reclama dentro del primer año y guarda facturas, fotos e informe del servicio técnico.
Preguntas frecuentes
¿Cuántas horas sin luz al año hacen falta para poder reclamar?
Depende del tipo de zona de tu municipio. Para una vivienda en zona urbana el límite son 5 horas o 10 cortes al año; en rural dispersa, 19 horas o 22 cortes. Se cuenta por año natural y sólo entran las interrupciones imprevistas de más de tres minutos.
Mi barrio es pequeño, ¿eso me hace zona rural?
No. La zona la determina el número de suministros del municipio entero, no el de tu calle. Y las capitales de provincia son siempre zona urbana. Que tu barrio tenga doscientos vecinos no cambia el umbral que se te aplica.
¿Tengo que pedir el descuento?
No. La norma obliga a la distribuidora a aplicarlo de oficio en el primer trimestre del año siguiente, y a acompañar la factura con la relación de todas las incidencias que afectaron a tu suministro. Si te llega sin ese detalle, ya tienes motivo para reclamar.
Cuatro cortes en el mismo día, ¿son cuatro interrupciones?
No está resuelto de forma clara en la norma. Si los cuatro derivan de una misma incidencia, la distribuidora los agrupará como uno solo. Es exactamente el punto donde va a rebajar el conteo, así que conviene pedir por escrito el detalle de incidencias.
Se me han estropeado electrodomésticos o se ha perdido la comida de la nevera.
Es reclamable, y el responsable es la distribuidora, no tu comercializadora. Documenta el corte llamando al teléfono de averías, guarda el número de incidencia, haz fotos y conserva facturas o presupuestos. Reclama dentro del primer año.
¿Vale vuestro registro como prueba?
Como corroboración sí; como prueba principal no. El cómputo oficial se hace sobre el registro de incidencias de la distribuidora. Lo que de verdad sostiene tu reclamación es el número de incidencia que te dan al llamar.
Esta página resume normativa pública con su cita, no es asesoramiento legal. Para un caso concreto, consulta con una asociación de consumidores. Nosotros no tramitamos reclamaciones ni avisamos a las distribuidoras en tu nombre.